Plazo para demandar por negligencia médica en Chile: ¿cuánto tiempo tienes?

En Chile, el plazo exacto para demandar por negligencia médica es de 4 años si el daño ocurrió en un hospital público y de 4 o 5 años si fue en una clínica privada (dependerá si se demanda por responsabilidad extracontractual o contractual).

Puntos clave a considerar:

  • Sistema público: 4 años de límite según la Ley 19.966.
  • Sistema privado: 5 años por responsabilidad contractual civil  o 4 años si es por responsabilidad extracontractual.
  • El plazo se suspende en el caso de los niños y personas que quedaron en estado vegetal, en todo caso, se debe demandar antes de 10 años o desde que el niño cumpla 18 años.
  • El reloj inicia el día en que ocurre la acción u omisión causante del daño.

Diferencias legales entre la atención pública y la privada

En Musso & Asociados, abogados entendemos que atravesar un daño en salud es una experiencia profundamente dolorosa. A lo largo de nuestros 37 años de ejercicio profesional, hemos comprobado que actuar a tiempo marca la diferencia. Si la impericia del personal de salud sucedió dentro de la red pública, la normativa exige ingresar la acción judicial contra el Estado en un máximo de 4 años.

Cuando la negligencia ocurre en una clínica privada, el escenario legal se rige por el Código Civil chileno. Aquí tienes 5 años para exigir una reparación si nos basamos en la responsabilidad contractual. Sin embargo, existen excepciones técnicas donde el plazo se reduce a 4 años. Por ello, analizar los antecedentes con rapidez resulta indispensable para proteger tus derechos.

¿Cuándo inicia el conteo de la prescripción?

En mi experiencia directa asesorando a familias, esta es la principal fuente de confusión. La tendencia jurisprudencial en Chile se inclina por contar el plazo de prescripción desde el día exacto en que se cometió el acto médico negligente. Sin embargo, diversas doctrinas se inclinan por contarlo desde  que se descubre secuelas del mismo. Hay que ver el caso a caso.

¿Puedo demandar si ya pasaron seis años desde la intervención? 

Lamentablemente, en la gran mayoría de los escenarios, los tribunales civiles declaran la acción prescrita, perdiendo así la posibilidad de obtener una indemnización. Sin embargo, como hemos dicho, existen formas distintas de contar el plazo, según diversas teorías, por ello es mejor que nos consulten en el caso a caso

Fuentes:

Archivos de jurisprudencia de la Corte Suprema.

Ley 19.966, Ministerio de Salud de Chile.

Código Civil de la República de Chile (Artículos 2515 y 2332).

Ya soy cliente
y requiero soporte

Soporte a clientes

Quiero conocer sus servicios y ser cliente

Conocer Musso