¿Qué daños puedo demandar por negligencia médica en Chile?

Ante una negligencia médica en Chile, puedes exigir la reparación económica integral de los perjuicios mediante una demanda de indemnización por negligencia médica. La ley chilena permite solicitar la cobertura de gastos económicos directos, pérdidas de ingresos y el impacto emocional sufrido.

Tipos de daños que contempla la ley chilena

Según el Código Civil de Chile (artículos 1556 y 2314) y la Ley N° 20.584 de Derechos y Deberes del Paciente, los perjuicios indemnizables se clasifican en:

  • Daño emergente: gastos económicos directos derivados del error médico, como intervenciones correctivas, insumos, medicamentos y rehabilitaciones futuras.
  • Lucro cesante: ingresos o sueldos no percibidos debido a la incapacidad laboral, licencias médicas o pérdida de la capacidad de trabajo.
  • Daño moral: compensación por la aflicción psicológica, el dolor físico y el menoscabo emocional que sufren la víctima y sus seres queridos.

¿Cómo se determina la cuantía de una indemnización?

El monto económico no es arbitrario; depende de la severidad del daño acreditado mediante peritajes médicos independientes, declaración de testigos de los daños y de la prueba documental aportada al proceso.

En nuestras cerca de cuatro décadas de trayectoria en Musso & Asociados representando a víctimas de daños en salud, hemos constatado que la rigurosidad técnica es clave

Además, si la atención fue en un hospital público, la Ley N° 19.966 exige una mediación previa ante el Consejo de Defensa del Estado (CDE); si ocurrió en el sector privado, el trámite se realiza ante la Superintendencia de Salud.

Infórmate sobre tus derechos y permítenos acompañarte en este proceso con la seguridad y la contención legal que tu familia necesita.

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